Junta Central alerta sobre campaña electoral a destiempo

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Junta Central alerta sobre campaña electoral a destiempo

Por Raúl Germán B.

@RaulGermanB

Santo Domingo, RD.- Junta Central Electoral (JCE) emitió un comunicado en donde hace una advertencia a los candidatos, sobre todo de la oposición, que, según ellos, han comenzado una campaña a destiempo.

Esto se produce luego de que figuras como Leonel Fernández, Abel Martínez y Francisco Domínguez Brito han estado de visita por estados Unidos, juramentando y promoviendo sus aspiraciones.

También, luego del lanzamiento oficial de la precandidatura de la exvicepresidenta de la República, Margarita Cedeño.

“La Junta Central Electoral (JCE), institución autónoma de derecho público, con personalidad jurídica, creada y organizada por la Constitución de la República Dominicana y regida por la Ley Orgánica de Régimen Electoral No. 15-19; integrada por los magistrados Román Andrés Jáquez Liranzo, Presidente; Rafael Armando Vallejo Santelises, Miembro Titular; Dolores Altagracia Fernández Sánchez, Miembro Titular; Patricia Lorenzo Paniagua, Miembro Titular y Samir Rafael Chami Isa, Miembro Titular, les informa a los partidos, agrupaciones y movimientos políticos reconocidos, así como también a los miembros de dichas organizaciones políticas que tengan algún tipo de aspiración para los cargos de elección popular que habrán de disputarse en los niveles de elección que establece la ley para las elecciones generales del año 2024, que deben cesar en lo inmediato las actividades proselitistas para promocionar aspiraciones políticas, en razón de que, de conformidad con las leyes núm. 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos y 15-19, Orgánica de Régimen Electoral, los períodos de precampaña y campaña aún no han iniciado”, indicó en un comunicado.

Agregó el documento que la Ley número 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, establece penalidades por el inicio de las precampañas y campañas electorales a destiempo.

Indicó el texto: “En ese sentido, la citada legislación precisa en su artículo 78 numeral 8, lo siguiente: “Sanciones. Los partidos, agrupaciones y movimientos políticos o cualquier otra persona física o jurídica, pública o privada, sin perjuicio de las demás leyes que les sean aplicables, que incurran en las violaciones indicadas a la presente ley, serán susceptibles de las sanciones siguientes: 8) Los aspirantes que inicien su campaña antes del tiempo oficial de campaña o precampaña serán sancionados con la inadmisibilidad de la candidatura. La Junta Central Electoral será responsable de hacer cumplir esta disposición”.

Más detalles aquí: https://jce.gob.do/Noticias

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