Diputado Alexis Jiménez aclara pena por violación sexual no se redujo en proyecto de ley Código Penal

¡Lo comparto!

Dice senador SD, Antonio Taveras, miente sobre el proyecto de Código Penal.

Santo Domingo, RD.- El presidente de la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados, Alexis Isaac Jiménez, aclaró que no es cierto que en el proyecto de ley del Código Penal de la República Dominicana se redujera la pena por violación sexual.

El también vicepresidente de la Comisión Bicameral de Justicia manifestó que ha habido una mala información al respecto, por lo que enumeró de forma íntegra los artículos sobre la violación sexual aprobados por los legisladores.

 Expresó que si la agresión sexual se comete contra un niño, niña o adolescente por un adulto, será sancionado con diez a veinte años de prisión mayor.

 CONTINUACIÓN, LOS ARTÍCULOS APROBADOS QUE TIENEN QUE VER CON LA VIOLACIÓN SEXUAL.-

ARTÍCULO 132.- Agresión sexual. Constituye agresión sexual todo atentado lascivo o lujurioso cometido contra una persona con violencia, constreñimiento, amenaza, sorpresa, engaño o por cualquier otro medio que invalide o anule su voluntad.

Párrafo I.- Las agresiones sexuales diferentes a la violación y al incesto serán sancionadas con cuatro a diez años de prisión mayor y multa de cuatro a diez salarios mínimos del sector público.

Párrafo II.- Si la agresión sexual se comete contra un niño, niña o adolescente por un adulto, será sancionado con diez a veinte años de prisión mayor.

Párrafo III.- Se presumirá que la persona menor de edad no es capaz de consentimiento y, por tanto, que cualquier agresión sexual perpetrada contra ella es violenta, sin importar el modo en que se ejecute.

DE LA VIOLACIÓN Y DEL INCESTO.-

Artículo 133.- Violación sexual. Constituye violación sexual todo hecho de penetración sexual perpetrado por una persona contra otra por la vagina, el ano o la boca, o si se realiza cualquier otro acto análogo con la introducción de un objeto o parte del cuerpo por alguna de las dos primeras vías, sin consentimiento; mediante violencia, constreñimiento, amenaza, sorpresa, engaño o por cualquier otro medio que invalide o anule la voluntad de la víctima o que no permita que la misma manifieste su consentimiento. La violación sexual será sancionada con diez a veinte años de prisión mayor y multa de diez a veinte salarios mínimos del sector público.

Artículo 134.- Actividad sexual no consentida. Quien en una relación de pareja incurra en una actividad sexual no consentida será sancionado con las penas establecidas para la violación en los casos siguientes:

1)      Si ha empleado engaño, fuerza, violencia, intimidación, amenaza o coacción.

2)      Si la víctima se encuentra imposibilitada para comprender la naturaleza del acto en el momento en que se realiza a causa de una enfermedad o incapacidad mental, sea temporal o permanente.

JIMÉNEZ  DICE SENADOR SD MIENTE SOBRE EL PROYECTO DE CÓDIGO PENAL.-

Alexis Jiménez afirmó que el senador de su demarcación, Antonio Taveras Guzmán, miente sobre el contenido del nuevo Código Penal.

Expresó, a través de su cuenta de Twitter: «Es una pena que, para llamar la atención y conseguir noticias y titulares, se insista en mentir…».

En su hilo de cinco Twitts, Jiménez lamentó que el senador no entienda el proyecto y que no aprovechara la asistencia de sus asesores.

«Es muy lamentable que el senador de la provincia Santo Domingo, no haya podido aprovechar a sus asesores para poder entender y comprender el proyecto de Código Penal.» dijo el legislador

Jiménez fue reiterativo al expresar que las declaraciones del senador «no son ciertas» además de auxiliarse con sus asesores

«Y más aún, que auxiliándose de sus asesores ofrezca declaraciones a la prensa nacional que no son ciertas sobre esa importante iniciativa legislativa.» Sentenció en su cuenta @alexisjimenezrd.

El legislador aclaró que es falso y no es cierto la reducción de la pena por violación penal, al tiempo que invitó al senador a la próxima reunión de la Comisión Bicameral y anexó los artículos aprobados.

«Invitamos a ese senador a la próxima reunión de la Comisión Bicameral para que precise al país estas declaraciones, cuáles artículos del proyecto de nuevo CP, alusivos a la violación, fueron modificados. Anexo: los artículos sobre la violación aprobado por la comisión bicameral”.

Ver el enlace directo a ese documento aquí: https://drive.google.com/file/d/1_0uZzlUPWio4_gEA_s6orxIRxK0J8Z8x/view

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