Santo Domingo, RD.- El presidente Luis Abinader ha promulgado la Ley 60-23, que tiene como objetivo la gestión de bienes confiscados, incautados y abandonados en procesos penales y juicios de extinción de dominio. Esta nueva legislación fue enviada desde el Senado el pasado miércoles 25 de octubre.
La ley establece una serie de principios que guían la administración de todos los bienes sujetos a su aplicación. Estos principios incluyen la transparencia y publicidad, la eficiencia y economía, la objetividad, la igualdad y la jerarquía.
Una de las innovaciones más destacadas es la creación del Instituto Nacional de Custodia y Administración de Bienes Incautados, Decomisados y en Extinción de Dominio (Incabide). Este instituto tendrá personalidad jurídica, autonomía administrativa, financiera y técnica, y estará adscrito al Ministerio de Hacienda. Su función principal será la administración y destino de los bienes incautados.
Incabide estará compuesto por un Consejo Directivo, encargado de funciones normativas, deliberativas y de control, y una Dirección Ejecutiva, responsable de las funciones administrativas.
El Consejo Directivo estará integrado por el ministro de Hacienda, quien lo presidirá, el Procurador General de la República, el ministro de Economía, Planificación y Desarrollo y el director ejecutivo del Incabide, quien actuará como secretario del Consejo Directivo con voz pero sin derecho a voto.
Según el artículo 25 de la ley, una vez que el Ministerio Público realice la incautación o secuestro de bienes, ya sea directamente o por orden judicial, procederá a entregar dichos bienes a Incabide, siguiendo ciertas reglas y excepciones.
Algunos bienes como drogas, armas y municiones incautadas seguirán bajo el control del Ministerio Público y serán manejados de acuerdo con las leyes aplicables.
En cuanto a los bienes incautados o secuestrados, la ley permite que Incabide, por razones de interés público o necesidades de investigaciones criminales, conceda el uso provisional a entidades públicas, bajo ciertas condiciones y excepciones legales.
Además, se establece la creación de un Fondo Especial de Bienes Decomisados y Extinguidos (Febide), que estará bajo la administración de Incabide. Este fondo estará compuesto por dinero extinguido o decomisado, así como los ingresos derivados de la venta de bienes decomisados o extinguidos.
Los fondos se utilizarán para gastos de administración, pagos a terceros de buena fe, víctimas según lo dispuesto por sentencia judicial y, el remanente, se depositará en la Cuenta Única del Tesoro.
El Gobierno central podrá utilizar estos fondos para apoyar programas relacionados con la prevención de drogas, reducción de pobreza, protección de menores, víctimas de delitos y protección de fronteras, siempre garantizando la transparencia.
El presidente Abinader enfatizó que esta ley se ajusta a los mandatos constitucionales actuales, la reciente ley de extinción de dominio y el compromiso de su administración con el fortalecimiento institucional y la mejora de la transparencia y eficiencia administrativa.