
Por Gerardo Davis Santo Domingo, RD.– El Poder Ejecutivo aprobó el Decreto núm. 601-26, fechado el 26 de agosto de 2026, que establece el reglamento para la supervisión del béisbol profesional y recreativo, así como de academias, ligas y programas de desarrollo en República Dominicana. La medida busca organizar la práctica del deporte, proteger los derechos de sus participantes y fijar normas claras para todos los actores involucrados.
El documento define reglas aplicables a ligas, equipos, jugadores, academias, agencias, representantes, entrenadores, árbitros y scouts. Su objetivo central es garantizar transparencia, legalidad e integridad deportiva, junto con el respeto al debido proceso administrativo.
La Dirección del Comisionado Nacional de Béisbol, adscrita al Ministerio de Deportes y Recreación, será la entidad responsable de ejecutar la supervisión. Esta se organiza en una Dirección Ejecutiva y dos áreas clave: la Dirección Técnica y la Dirección de Regulación del Béisbol.
La Dirección Técnica tendrá a su cargo aspectos como supervisión de infraestructura, academias, entrenamiento, seguridad y dopaje. Mientras, la Dirección de Regulación se encargará del registro y control administrativo de los actores del sistema.
Registro nacional obligatorio
Uno de los pilares del reglamento es la creación del Registro Nacional del Sistema de Béisbol, que permitirá inscribir, certificar y dar seguimiento a todos los participantes. Este registro no sustituye licencias de otras autoridades, pero exige mantener la información actualizada para operar dentro del sistema.
En el ámbito profesional, el reglamento regula la supervisión de ligas, el registro de jugadores y equipos, las transferencias y el depósito de contratos. Se establecen condiciones mínimas que garantizan protección contractual, consentimiento informado y transparencia.
Además, se crea un consejo consultivo honorífico con funciones asesoras, y se incluyen normas sobre integridad deportiva, prevención de manipulación de competiciones y conflictos de interés.
Normas para el béisbol profesional
Para el béisbol recreativo, se contemplan controles sobre ligas, organización de eventos, registro de jugadores y certificación de entrenadores. También se exige el registro y capacitación de árbitros, así como condiciones de seguridad en las instalaciones.
El reglamento obliga a los equipos a contar con pólizas de responsabilidad civil y promueve programas de formación deportiva en coordinación con la federación correspondiente.
El documento dedica un apartado especial a las academias y prospectos, estableciendo requisitos de seguridad, higiene y mantenimiento. Cuando estas ofrezcan alojamiento o transporte, deberán garantizar condiciones adecuadas de habitabilidad, nutrición y supervisión.
También se regulan los programas de entrenamiento, la atención médica y los derechos de los atletas, con énfasis en el trato digno y la idoneidad del personal.
Protección de academias y prospectos
El reglamento introduce una protección reforzada para menores, exigiendo autorización de padres o tutores para ciertas actividades. Asimismo, prohíbe prácticas como abuso, explotación, acoso, discriminación y sobreentrenamiento.
Se busca que la actividad deportiva no afecte la educación, la salud ni el desarrollo integral del menor. El reclutamiento de prospectos deberá realizarse con transparencia y sin engaños.
La Dirección del Comisionado podrá realizar inspecciones, recibir denuncias y aplicar medidas preventivas ante riesgos para la salud o seguridad. Todas las actuaciones deberán respetar la legalidad, proporcionalidad y derecho de defensa.
También se garantiza la protección de datos personales y la confidencialidad de la información manejada.
El reglamento fomenta la coordinación interinstitucional, la elaboración de estadísticas y el uso de mecanismos de resolución de conflictos como mediación y arbitraje.
Finalmente, mantiene la validez de registros anteriores, deroga disposiciones contrarias y entra en vigor tras su publicación en la Gaceta Oficial.