
Santo Domingo, RD – Con el objetivo de agilizar los trámites y reducir la burocracia, el Consejo Estatal del Azúcar (CEA) retomó, a partir del 4 de marzo de 2025, la facultad para emitir las certificaciones de No Objeción a Deslinde y Transferencia. Esta decisión responde a la finalización del plazo establecido en el Decreto Núm. 268-16 del 27 de septiembre de 2016, modificado por el Decreto Núm. 608-20 del 2 de noviembre de 2020, que delegaba este proceso en otra institución.
Requisitos para la solicitud
Los adquirientes de terrenos deberán presentar la siguiente documentación:
Identificación:
- Si el solicitante es persona física: copia de su cédula de identidad.
- Si es persona jurídica: copia de la cédula del representante legal y acta de asamblea que lo autoriza.
Datos del agrimensor actuante:
- Copia de su cédula de identidad.
- Copia del carnet del CODIA.
- Correo electrónico y número de teléfono.
Plano individual del agrimensor privado: Debe incluir coordenadas UTM (georreferenciado).
Autorización de mensura: Oficio emitido por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales.
Poder de representación (si aplica): Deberá incluir copia de la cédula del apoderado.
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Procedimiento y plazos
Los interesados deberán completar un formulario que se les proporcionará al momento de la solicitud y entregar la documentación requerida en la recepción de la Dirección General Legal del CEA.
- Tiempo de respuesta: 30 días laborables.
- Horario de servicio: Lunes a viernes, de 8:00 A. M. a 4:00 P. M.
Impacto de la medida
Con esta disposición, el CEA busca reducir la mora acumulada en estos trámites, que supera los 20 años, y facilitar el acceso a las certificaciones, beneficiando a los adquirientes de terrenos en todo el país.