Por Raúl Germán B.
@RaulGermanB
Santo Domingo, RD.- El municipio Santo Domingo Oeste se caracteriza, en muchos aspectos, por estar sumido en un desorden mayúsculo.
Y, obviamente, este desorden no escapa a las edificaciones y construcciones. Quién no ha visto en este municipio a casas encima de las aceras, negocios en los espacios públicos y todo tipo de construcciones en áreas verdes.
Pero, parece que eso está cambiando, ya que en la Prolongación 27 de Febrero, en Alameda, el Ministerio de Obras Públicas mandó a paralizar una construcción por alegadamente violar la Ley 687 y su reglamento de aplicación, el decreto 576-06.
La Ley 687 surgió ante la necesidad de establecer un mecanismo de reglamentación que permita mantener actualizados los requisitos técnicos para la elaboración y ejecución de proyectos y obras de ingeniería y arquitectura en nuestro país, así como para facilitar su revisión periódica y la incorporación ágil de cualquier sistema innovador de la tecnología moderna.
El objetivo del Reglamento General de Edificaciones es establecer los requisitos mínimos a cumplir para la elaboración de los proyectos de edificaciones a erigirse en la República Dominicana y la expedición de la licencia de construcción, así como los requisitos de diseño, construcción, supervisión e inspección de las obras que garanticen su calidad y la adecuada protección de los usuarios.
“Todo proyecto que no cumpla con los requisitos mínimos exigidos para su aprobación será objetado por el MOPC, y no será emitida la licencia de construcción hasta tanto sea corregido por el interesado; asimismo, éste no podrá ejecutar ninguna acción o gestión con otras instancias oficiales ajenas a la tramitación de licencias para lograr una aprobación que no esté de conformidad con lo establecido en este Reglamento”, explica el texto.